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Seguro de impago de alquiler

Un seguro de impago no evita el problema, pero convierte un riesgo imprevisible en un coste fijo y conocido. Para muchos propietarios, es lo que hace posible alquilar con tranquilidad.

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Seguro de impago de alquiler: qué debes saber

El seguro de impago de alquiler cubre las rentas no pagadas y, según la póliza, los gastos de defensa jurídica y el resarcimiento de daños. La aseguradora exige que el inquilino supere un análisis de solvencia previo.

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Claves antes de decidir

  • La aseguradora pide solvencia del inquilino: sin ese estudio previo no hay cobertura.
  • Revisa el periodo de carencia y desde qué mes se indemniza la renta impagada.
  • Consulta los límites: número de mensualidades cubiertas, gastos jurídicos y daños por vandalismo.
  • Compara el coste: suele oscilar entre el 3% y el 5% de la renta anual.
  • Recuerda que si el inquilino no pasa el filtro, la aseguradora puede rechazar la cobertura.

Rangos de precio orientativos

Tipo de inmuebleRango habitualQué determina el precio
Local comercial en zona consolidada1.800 – 4.500 €/m²Paso de peatones, escaparate y altura libre
Oficina en zona de negocios1.500 – 3.500 €/m²Ubicación, estado de la planta y climatización
Nave industrial o logística500 – 1.400 €/m²Altura libre, accesos y potencia eléctrica
Plaza de garaje8.000 – 35.000 €Zona, tamaño y demanda de aparcamiento
Terreno urbano con edificabilidad30 – 45% del valor finalEdificabilidad, usos y cargas urbanísticas

Rangos de mercado para orientar la búsqueda. El valor real depende del planeamiento, de la actividad autorizada y de la rentabilidad que el inmueble pueda generar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta un seguro de impago?

Entre un 3% y un 5% de la renta anual asegurada en pólizas estándar, con variaciones según la comunidad autónoma, el importe de la renta y el nivel de cobertura jurídica contratado.

¿Cubre también los daños en la vivienda?

Muchas pólizas incluyen cobertura de daños con un límite por siniestro, además de la defensa jurídica. Conviene revisar si exigen un estado inicial documentado con fotos o inventario.

¿Qué exige la aseguradora al inquilino?

Nómina o ingresos acreditados, contrato laboral estable, ausencia de impagos anteriores y, en algunos casos, avalista. La cobertura comienza una vez que la aseguradora aprueba el expediente.

¿Merece la pena frente a una garantía adicional?

El seguro aporta cobertura jurídica y de daños que una garantía no ofrece. La garantía adicional solo cubre una o dos mensualidades, mientras que un impago judicial puede durar más de un año.

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